Gastos Médicos2022-05-02T08:52:44+02:00
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Porque, cuando estás enfermo, nos necesitas un poco más

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Porque, cuando estás enfermo, nos necesitas un poco más

Cuando estamos enfermos o nos hacemos daño tenemos gastos adicionales: visitas médicas, tratamientos, etc. El seguro de Gastos Médicos te ofrece una indemnización por el diagnóstico de una enfermedad.

¿Qué cubre?

El seguro de Gastos Médicos cubre los gastos económicos, estimados según baremo, con motivo del diagnóstico de una enfermedad, necesidades ópticas y ortopedia.

Ejemplos de cobertura

  • Enfermedades infecciosas, endocrinas, metabólicas y nutricionales o de la sangre.
  • Enfermedades psicológicas.
  • Enfermedades del sistema nervioso, locomotor, órganos y sentidos, aparato circulatorio, respiratorio, digestivo o genitourinario.
  • Óptica: gafas unifocales, bifocales o multifocales, gafas de sol graduadas, lentillas.
  • Ortopedia y prótesis: plantillas ortopédicas, muletas, collar cervical, corsés (dorsal, lumbar, sacro), audífonos, etc.

Otras ventajas

  • Una vez contratado el seguro, las cuotas no aumentan con la edad.
  • El seguro de Gastos Médicos es compatible con cualquier otra prestación, de la propia mutua o de cualquier otra entidad pública y/o privada (Seguridad Social, etc.).

Fiscalidad

Si trabajas por cuenta propia tus cuotas del seguro de Gastos Médicos, las de tu cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan contigo, tienen la consideración de gasto deducible en estimación directa de tu IRPF.

El límite máximo de deducción del seguro de Gastos Médicos será de 500 € por cada una de las personas señaladas anteriormente, y hasta 1.500 € en caso de discapacidad de alguna de ellas.

Artículo 30.2.5 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Periodos de carencia

Cobertura inmediata

  • Diagnóstico de una enfermedad acaecida por un accidente.
  • Bebés inscritos dentro de los 60 días naturales posteriores a su nacimiento siempre que, si los hubiere, los hermanos mayores estén también inscritos.

6 meses

  • Diagnóstico de una enfermedad.

Contratación

Edad

  • Pueden contratar este seguro todos los mutualistas y sus asegurados menores de 50 años.

Cobertura

  • La cobertura del seguro de Gastos Médicos es vitalicia.

Documentación

  • Reglamento: Título VII del reglamento del Subsidio Económico por Gastos Médicos. Descargar

  • Baremos: Precio del punto: 54,09 € Descargar

  • Ficha IPID: Documento de información sobre el producto de seguro. Descargar

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Preguntas frecuentes

¿Cómo tributa el importe de la prestación percibida?2022-03-15T13:18:49+01:00

La cantidad percibida se calificará como ganancia patrimonial, por la diferencia entre la prestación percibida y el importe de las cuotas satisfechas que hayan dado lugar a la cantidad percibida.

¿Qué no está cubierto?2022-03-15T13:05:48+01:00

Las exclusiones del seguro de Gastos Médicos son las siguientes:
– Tratamientos exclusivamente estéticos y diagnósticos y reconocimientos sistemáticos.
– Patologías orgánicas psíquicas o toxicomanías adquiridas previas a la inscripción.

Puedes consultar todos los detalles de las exclusiones de este seguro en el Reglamento de la prestación.

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