Asistencia en Viaje2025-05-30T09:55:56+02:00
Prestaciones Sociales

Asistencia en Viaje

Vayas donde vayas, viajamos contigo

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Tanto si viajas por trabajo como por placer, Asistencia en Viaje te acompaña en tus desplazamientos y te ofrece una protección adicional para cuidarte cuando estés lejos de casa. ¡Ah! Y totalmente gratis solo por ser mutualista.

¿Qué cubre?

Asistencia en Viaje cubre diferentes circunstancias que se puedan producir cuando estés de viaje a más de 25 km de tu residencia habitual.

Todos los servicios y prestaciones que se detallan a continuación, los requisitos para poder acceder a ellos y los importes máximos de cobertura, están sujetos a las condiciones generales del seguro. Esta prestación es exclusiva para mutualistas residentes en España.

Salud e incidencias personales

  • Consulta o asesoramiento médico a distancia.

  • Gastos médicos, quirúrgicas, farmacéuticos y de hospitalización en caso de enfermedad o accidente.

  • Gastos de desplazamiento de un acompañante por hospitalización.

  • Transporte o repatriación sanitaria en caso de enfermedad o accidente.

  • Regreso anticipado a causa de la muerte de un familiar.

  • Regreso anticipado por incendio o siniestro en el domicilio.

  • Gastos de material ortopédico adquirido antes del regreso al domicilio, como consecuencia de una lesión sufrida durante una actividad que quede cubierta.

  • Traslado de restos mortales.

  • Gastos de desplazamiento de un familiar por fallecimiento de la persona asegurada.

  • Siniestros de esquí alpino, esquí de fondo, etc., siempre que se realice como aficionado, dentro de una estación de esquí, y dentro de su horario y condiciones.

Viajes al extranjero

  • Gastos de estancia de un acompañante por hospitalización del asegurado.

  • Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero.

  • Gastos de prolongación de estancia en un hotel.

  • Envío de medicamentos.

  • Gastos de estancia de un acompañante por fallecimiento de la persona asegurada en el extranjero.

  • Envío de documentos.

  • Adelanto de fondos.

  • Prestación y/o adelanto de fianzas penales.

  • Gastos de asistencia jurídica efectuados en el extranjero.

Equipaje

  • Búsqueda y transporte de equipajes y efectos personales.

  • Pérdida o daños del equipaje.

  • Demora del equipaje.

Otras incidencias del viaje

  • Retraso del viaje por overbooking en medios de transporte aéreo.

  • Informaciones de viaje.

  • Transmisión de mensajes.

  • Recuperación de datos perdidos contenidos en soportes de almacenamiento de información.

Importes, trámites y limitaciones

Todas las garantías anteriores están sujetas a limitaciones, y en algunas hay que realizar determinados trámites para solicitar las indemnizaciones que pudieran corresponder.

Te recomendamos que, si tienes que viajar, leas atentamente las condiciones generales de esta cobertura. Y, si tienes dudas, llámanos y te informaremos de todo lo que necesites.

Asistencia en viaje 24 horas: 00 34 915 949 605

Documentación para solicitud de reembolso

A continuación detallamos la documentación que, como mínimo, deberá presentarse para poder solicitar el reembolso en caso de que suceda alguna de las siguientes incidencias:

Equipajes

  • En todos los casos, hay que presentar:

  • Comunicado de irregularidad de la compañía aérea (PIR).
  • Tarjetas de embarque.
  • Resolución de la compañía aérea.
  • Adicionalmente:

  • Por demora, factura de los gastos.
  • En caso de pérdida, una relación de lo que contenía el equipaje.
  • Si se producen daños, indicar coste de la maleta.

Gastos médicos

Para solicitar el reembolso de gastos médicos, se debe presentar una factura fiscalmente válida en la que aparezca la siguiente información:

  • Fecha de la asistencia.

  • Nombre completo de la persona asegurada.

  • Datos del centro médico.

  • Desglose de los conceptos (preferiblemente)

  • Si la factura ha sido pagada, debe constar el método de pago y aportar un justificante.

Overbooking

Para solicitar un reembolso en caso de overbooking en vuelos facturados, hay que aportar:

  • Reserva inicial del vuelo, donde figuren la fecha y la hora previstas.

  • Documento emitido por la compañía aérea que acredite el overbooking y el vuelo donde se ha reubicado el pasajero.

  • Facturas de las compras efectuadas.

Material ortopédico

  • Informe médico donde se receta el uso del material ortopédico.

  • Facturas de las compras efectuadas.

Otras ventajas

Prestaciones compatibles y complementarias con cualquier otro seguro.

Periodos de carencia

Asistencia inmediata

  • Los servicios de Asistencia en Viaje son inmediatos desde el alta como mutualista.

Contratación

Edad

  • Servicio incluido gratuitamente para todos los mutualistas desde el momento de su inscripción en la mutua.

Cobertura

  • Cobertura vinculada a la condición de mutualista, sin fecha de vencimiento específica.

Documentación

  • Reglamento: Título X del reglamento de Prestaciones Sociales.
    Descargar
  • Condiciones generales de Asistencia en Viaje.
    Descargar

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Preguntas frecuentes

Asistencia en Viaje está limitada a las incidencias en desplazamientos profesionales?2025-05-07T09:09:09+02:00

No, la prestación de Asistencia en Viaje cubre a partir de los 25 km del domicilio del mutualista residente en España, con independencia de que el desplazamiento sea por motivos profesionales o personales.

Los asegurados de un mutualista, también tienen la prestación de Asistencia en Viaje?2025-05-09T12:08:27+02:00

No, esta prestación es exclusiva para los mutualistas.

¿Cuánto cuesta la prestación de Asistencia en Viaje?2025-05-07T09:05:42+02:00

Asistencia en Viaje es una de las Prestaciones Sociales gratuitas para todos los mutualistas de Alter Mutua, y por lo tanto no tiene ningún coste.

¿Qué hay que hacer para tener derecho a la Asistencia en Viaje?2025-05-07T09:06:03+02:00

Para poder disfrutar de la prestación de Asistencia en Viaje hay que ser mutualista y tener la residencia habitual en España.

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